Las consultas jurídicas en materia de extranjería son siempre y en todo momento muy recurrentes a lo largo del año en el departamento de Derecho Administrativo de Legálitas, no obstante, la relajación sufrida durante los principales meses de confinamiento (marzo, abril y mayo) supusieron un promedio de un 18 por cien con respeto al total de la materia administrativa.
En los últimos meses y en especial estas semanas, se ha registrado un considerable incremento de nueve puntos porcentuales (27 por cien ), llegando aun al 31 por ciento en alguna de ellas, donde una de cada 3 consultas recibidas en Administrativo fue sobre asuntos relacionados con extranjería: personas que quieren regularizar su situación actual, que quieren traer algún familiar, demandantes de asilo político que no les resuelven, demandantes de renovaciones o bien demandantes de nacionalidad entre otras muchas casuísticas. A las dudas que puedan tener con el procedimiento específico, se agrega ahora el problema de no disponer de citas para la tramitación y, en muchos casos como comentan, les caduca dicho procedimiento que es, realmente, la enorme preocupación de todos los afectados. asesoria extranjeria
Pese a que la situación actual genera retrasos en las administraciones y, por lo tanto, se puedan muestran más comprensivos a la hora de aplicar sanciones, el hecho de tener caducada su tarjeta de larga duración, a nivel extranjería, aunque deba regularizarse no les debería suponer, de entrada, un inconveniente si les parase la autoridad competente con intención de abrir un procedimiento, ni para renovarla incluso estando fuera de plazo. De cualquier modo, se aconseja que, en ocasiones, se saquen “pantallazos” de las ocasiones que han intentado sacar cita de forma on line y la aplicación les ha mostrado que no existen citas disponibles.
No renovar la tarjeta de residencia en tiempo y forma podría suponer una multa llegado el caso, mas no la pérdida del derecho a mantenerla, a tenor de momento actual que atravesamos. La mayor inquietud que genera inseguridad a los extranjeros residentes en España y que transmiten a los abogados de Legálitas, se refiere a la caducidad de sus tarjetas temporales puesto que, en circunstancias normales, no renovar los requisitos en plazo podría suponer esa tarjeta temporal.
La Administración, con el fin de aportar la debida seguridad jurídica frente a la situación generada por la crisis sanitaria y evitar que los extranjeros pudieran encontrarse en una situación de irregularidad sobrevenida por Orden SND/421/2020 de 18 de mayo, acordó prorrogar automáticamente todas aquellas autorizaciones que hubieran vencido durante la vigencia del estado de alarma decretado el catorce de marzo, así como de aquellas que vencieron en los 3 meses anteriores a su declaración, es decir, las tarjetas caducadas entre el catorce de diciembre de 2019 y el 21 de junio de 2020.
La prórroga referida surte efectos desde el día siguiente al de la caducidad de la autorización, a lo largo de los 6 meses siguientes del estado de alarma, o sea, estas autorizaciones están prorrogadas hasta el 21 de diciembre de 2020.
Normalmente se pueden renovar, mas dependiendo del trámite se hará unos meses antes o después de su vencimiento. Por ejemplo, para renovar un permiso de residencia y trabajo se dispondrá de 3 meses más para hacerlo, a contar desde exactamente el mismo veintiuno de diciembre, fecha hasta la que ha quedado prorrogado su permiso por el estado de alarma.
La orden SND 421/2020 decreta que queden prorrogadas, por 6 meses desde la finalización del estado de alarma las:
Teniendo en cuenta las prórrogas citadas, la recomendación es procurar conseguir cita en Extranjería en la Sede de Administraciones Públicas o, si el trámite lo deja, hacer la presentación telemática a través de la Sede electrónica Secretaría de Estado de Administraciones Públicas utilizando un certificado digital. En este caso, una vez presentada en plazo, debemos quedarnos con el resguardo, pues este hecho acredita que se ha presentado en plazo y se comprende prorrogada hasta su resolución.
Actualmente, asimismo se deja la presentación telemática, no solo de renovaciones temporales, sino también, de autorizaciones iniciales.